En IRV, estamos comprometidos con acompañar a las empresas en el cumplimiento de la Ley de Inclusión Laboral en Chile. Con la reciente publicación del Dictamen N°693/26 de la Dirección del Trabajo, emitido el 23 de octubre de 2024, se aclaran aspectos clave de la Ley N°21.690, que introduce modificaciones al Código del Trabajo en relación con la inclusión laboral de personas con discapacidad y asignatarios de pensión de invalidez. A continuación, te compartimos los principales puntos que todo equipo de recursos humanos debe conocer para cumplir adecuadamente con la normativa de inclusión en 2025.
1. La Cuota de Inclusión: ¿Sigue en 1% o sube al 2%? Aunque la Ley N°21.690 menciona un aumento en la cuota de inclusión del 1% al 2%, esta modificación aún no aplicará en 2025. El cambio entrará en vigor una vez que el 80% de las empresas obligadas cumplan con el 1% actual. Por lo tanto, en 2025, las empresas deben mantener una contratación mínima del 1% de personas con discapacidad o asignatarias de pensión de invalidez sobre el promedio anual de trabajadores.
2. Cumplimiento Subsidiario: Nuevas Opciones y Requisitos Para las empresas que, por razones fundadas, no puedan cumplir directamente con la cuota, el dictamen detalla las medidas subsidiarias, que incluyen algunos ajustes relevantes:
Contratación de Servicios Inclusivos: Si tu empresa opta por cumplir mediante la contratación de servicios con empresas que empleen a personas con discapacidad, el monto anual de estos contratos debe ser equivalente a 24 ingresos mínimos mensuales por cada trabajador que habría sido contratado directamente.
Donaciones a Programas de Inclusión: Las donaciones deben destinarse a proyectos específicos y cumplir con criterios de descentralización y diversificación. Por ejemplo, se requiere que al menos un proyecto se ejecute fuera de la Región Metropolitana, y ninguna organización donataria puede recibir más del 50% de los fondos.
3. Protocolo de Ambientes Laborales Inclusivos: Un Compromiso Anual A partir de 2025, todas las empresas obligadas deben implementar un protocolo de ambientes laborales inclusivos. Este protocolo debe incluir:
Medidas de accesibilidad para eliminar barreras físicas y tecnológicas.
Capacitación y sensibilización del equipo, actualizadas anualmente.
Distribución del protocolo a todos los colaboradores, promoviendo un ambiente inclusivo y sin discriminación.
4. Reclutamiento Inclusivo: Igualdad de Oportunidades en Selección La normativa exige que los procesos de reclutamiento se adapten para permitir una participación justa y en igualdad de condiciones para personas con discapacidad. Esto significa que tu empresa debe ajustar las pruebas o entrevistas si es necesario, y notificar a los postulantes sobre esta posibilidad.
5. Sanciones por Incumplimiento: Lo que las Empresas Deben Considerar Las multas pueden llegar a 20 UTM para medianas empresas y 30 UTM para grandes empresas por cada mes y trabajador que falte para cumplir la cuota. Además, las sanciones también aplican si no se cumplen correctamente las medidas subsidiarias. Esto hace aún más importante asegurar que la implementación sea adecuada y rigurosa.
Para Dayan Muñoz, Coordinadora del Área de Inclusión Laboral de IRV, "este tipo de dictámenes no solo nos dan claridad sobre los aspectos técnicos de la ley, sino que son una oportunidad para que las empresas revisen sus procesos y evalúen cómo pueden mejorar sus ambientes laborales en términos de inclusión. En IRV, estamos comprometidos en acompañarlos no solo para cumplir con la normativa, sino para construir espacios de trabajo accesibles y equitativos. Invitamos a las empresas a contactarnos para apoyarles en el cierre de 2024 y planificar adecuadamente el cumplimiento de 2025."
Visualiza el Dictamen y nuestra Planilla de Cálculo 2025 Para facilitar tu gestión, hemos actualizado nuestra planilla de cálculo de la cuota de inclusión laboral para 2025. Descarga la planilla desde nuestro sitio y asegura que tu empresa cumpla con todos los requisitos de manera clara y eficiente.
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