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Dayan Muñoz

La importancia de prevenir la violencia contra las mujeres con discapacidad.


Las mujeres, sólo por el hecho de serlo, podemos vivir distintas formas de violencia, por parte de nuestras parejas o el entorno; las más comunes corresponden a la agresión física, psicológica y/o sexual. Sin embargo, las mujeres con discapacidad podrían experimentar una doble condición de vulnerabilidad ante esta problemática, tanto por su condición, como todo lo sumado a otros factores, como el nivel socioeconómico, escolaridad, edad o incluso su nacionalidad.


El Estado de Chile, en el año 2008, ratificó la Convención de Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y asumió obligaciones asociadas con la inclusión de las mujeres con discapacidad, reconociendo que las mujeres y niñas con discapacidad están expuestas a variadas formas de discriminación en la sociedad.


El relación a la política pública, la Ley número 20.422.- del año 2010, que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad, en el artículo número 9, estableció que: “El Estado adoptará las medidas necesarias para asegurar a las mujeres con discapacidad y a las personas con discapacidad mental, sea por causa psíquica o intelectual, el pleno goce y ejercicio de sus derechos en condiciones de igualdad con las demás, en especial lo referente a su dignidad, el derecho a constituir y ser parte de una familia, su sexualidad y salud reproductiva".


Sin embargo, estas medidas no han sido suficientes. Según la Guía de Atención a Mujeres con Discapacidad Víctimas de Violencia emitido por el Servicio Nacional de la Discapacidad, al año 2019, la violencia hacia la mujer seguía siendo un obstáculo para el logro de la igualdad, la equidad, el desarrollo y la participación social, limitando la libertad personal, su seguridad e integridad. Dado este contexto, con mayor razón su abordaje debe ser tomado desde una mirada integral. Por ende, es fundamental que el Estado se haga cargo de manera urgente, forjando acciones para prevenir los actos de violencia; educando y atendiendo a las mujeres con discapacidad de manera inclusiva. De este modo, que se permita investigar de manera adecuada los hechos y no revictimizando a la involucrada, sancionando a los autores y apoyando a que las víctimas puedan reponerse ante lo vivido.


Por otra parte, y por la posición de gravísima vulnerabilidad, se vuelve imperativo también de nuestra intervención como sociedad ante esta problemática que aportemos a que esta situación se visibilice y tome la importancia que requiere, tanto en el ámbito político como social.


Comúnmente, el maltrato suele provenir desde el círculo más cercano de la víctima, lo que podría generar aún más temor el revelar que padece de algún tipo de maltrato. Esto, porque, las mujeres con discapacidad suelen perder sus redes de apoyo más directas. Por lo tanto, si una de ellas se atreve a comunicarlo, debemos tener algunas consideraciones que se dictan a continuación:


- No avergonzarla ante su relato. Es fundamental que se sienta cómoda contándolo.

- No subestimar su narración. Es probable que en muchas oportunidades las mujeres hayan sido amenazadas por su agresor si llegaran a comunicar o comentar algo relacionado al tema.

- No juzgarlas. En innumerables veces, las mujeres sienten que se merecen el maltrato, lo que deriva en una baja autoestima también.

- Utilizar un lenguaje de contención claro, sencillo y comprensible según discapacidad.

- No invisibilizar sus necesidades, ni negar la sexualidad en las mujeres con discapacidad. Esta última es tan normal como en las mujeres sin discapacidad.

- Apoyarse en recursos tecnológicos para facilitar el relato según discapacidad y contexto donde se encuentre la afectada. Debido a los problemas de comunicación o psíquicos, se hará necesario que la comunicación pueda ser vía SMS, WhatsApp, videollamadas, correos electrónicos, entre otros.


Es importante considerar también que, durante este periodo de confinamiento por la pandemia, algunos servicios públicos (y privados) han disminuido la cantidad de atenciones a mujeres, en comparación a las que realizaban antes de la contingencia, tales como los centros de salud primaria, juzgados de familia, instituciones de orientación jurídica, etc. Esto ha dificultado el acceso de las mujeres a estos servicios esenciales para el ejercicio de sus derechos. En paralelo, la autoridad ha instado a que nos quedemos en casa para evitar la propagación del virus COVID-19, lo que puede provocar importantes periodos de estrés o confusión a las mujeres con discapacidad, evitando ejecutar sus denuncias, por miedo al contagio.


Finalmente, si usted es víctima de violencia intrafamiliar o es testigo de violencia hacia una mujer, tenga discapacidad o no, puede comunicarse de manera gratuita y confidencial al fono 1455, el cual es atendido por especialistas en violencia, que entrega ayuda a todas las mujeres que sufren o son testigos de maltrato físico y/o psicológico en nuestro país.



Referencias:

Ley 20.422: Que establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.

Guía de Atención a Mujeres con Discapacidad Víctimas de Violencia- Servicio Nacional de la Discapacidad.

Servicio Nacional de la Mujer y Equidad de Género.

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